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Por Kallida

Foto  por aymane jdidi

El buscar buenas inversiones y construir un patrimonio es algo que siempre buscamos cuando compramos un inmueble, pero si no prevemos que sucederá cuando nosotros ya no estemos, puede generar muchos problemas. Por eso la importancia de tener nuestro testamento, y septiembre es el mes del testamento en las notarías ¡Aprovecha!

Un testamento es un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona dispone de sus bienes, declara y cumple derechos para después de su muerte.

En todo testamento debe dejarse establecido los términos en los que se transmitirán los bienes a los herederos, y esto se garantiza con un testamento en escritura pública. Para que este instrumento tenga todo previsto es importante que nos asesoremos con los expertos y así pueda quedar establecido todo lo que deseamos especificar en el testamento. Lo más recomendable es que nos acerquemos con un notario, los cuales podrán protocolizar el instrumento testamentario.

Cuando el propietario de un inmueble fallece intestado, este no se podrá comercializar hasta que se establezcan los herederos del bien, en el caso de tener un testamento esto ya quedo establecido a través del instrumento del testamento, y será muy rápido el proceso para determinar quiénes serán los nuevos dueños del bien inmueble.  Una propiedad donde el propietario haya fallecido y este en juicio testamentario no puede ser comercializada hasta que el juicio llegue a su fin.

Al momento que se realiza un testamento sobre bienes inmuebles, no limita al testador (quien realiza el testamento), el seguirá siendo el único dueño, y tendrá el uso físico y legal,  teniendo la libertad para poder venderlos, donarlos o cambiar al heredero.

Existen varios tipos de testamento, el privado, el ológrafo o el público. Los dos primero se redactan de manera privada, y el tercero es ante la fe de un notario. En el privado u ológrafo al momento que fallece el testador, se deberá llevar un juicio para declararlo valido y al final protocolizarlo ante un notario, por eso recomendamos utilizar la tercera opción y elaborar el testamento en la notaría de su confianza.

El notario al realizar un testamento lo protocoliza, le da al testador una copia certificada, inmediatamente después da aviso al Archivo de Notarias, entidad enlazada con el Archivo Nacional de Disposiciones de Última Voluntad, y así queda registrado, la fecha y el notario que ha realizado el testamento.

Cuando el testamento se haga válido, la notaría o juez deberá de verificar en el Archivo de Notarias que ese instrumento haya sido el último que redactó el testador y poder hacer válido lo establecido en el instrumento.

En Kallida te ayudamos a cuidar tu patrimonio y el de tus seres queridos ¡Llámanos!